ARCAT firmó ayer un convenio de colaboración con ARBA con el fin de implementar en la provincia de Catamarca el Código de Operaciones de Traslado, COT, que se ejecutará a través de la Dirección General de Rentas de la Agencia.
Por ARCAT, lo hizo su Director Ejecutivo, Ing. Pedro Monferrán, y por ARBA, el Director Ejecutivo, CPN Cristian Girad. También participaron el Director General de Rentas de ARCAT, CPN Lisandro Juárez Aliaga y la Directora Provincial de Fiscalización, CPN Gabriela Soriasio.
Esta herramienta permite establecer la trazabilidad y fiscalización de la mercadería en tránsito en la provincia, garantizando mayor transparencia y reduciendo maniobras de evasión.
“La implementación del COT permite fortalecer el control tributario. Estamos muy satisfechos de celebrar este proceso de aprendizaje, la trazabilidad en el Código de Operaciones de Transporte, para poder saber con precisión qué sale, qué entra y a dónde va. Ojalá muchas provincias puedan sumarse a esta red, a esta política que realmente necesitamos, porque es la manera en que vamos a poder construir un país federal. Somos una provincia minera por lo que estamos muy interesados en que el COT se pueda aplicar”, sostuvo Monferrán.
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Verificación de Valuación e Impuesto Inmobiliario
Este trámite deberá contener como obligatoria la Matrícula Catastral del inmueble sobre el que se solicita la verificación de la valuación fiscal y del impuesto inmobiliario. El nombre y el CUIL consignados deben corresponder al titular del inmueble cuya valuación fiscal y/o impuesto inmobiliario se solicita verificar.
Recibida la Solicitud la Agencia procederá a la verificación del inmueble de mención y de todo otro inmueble correspondiente al mismo titular.
Controlado dichos inmuebles y detectada la existencia de mejoras no declaradas y/o discordancias con los datos obrantes en el organismo, se procederá a intimar al titular para que realice la declaración de mejora, la cual tendrá carácter de declaración jurada.
Cualquier falsedad en los datos proporcionados producirá el revaluó automático de la propiedad imponiéndose a la misma el valor máximo establecido por la norma vigente.
Cumplido los pasos anteriores, en caso de corresponder, se actualizarán los valores de valuación fiscal e impuesto inmobiliario.
Para ingresar al trámite deberá seleccionar en Iniciar trámite, opción
CON DNI. Se le solicitará que ingrese el N° de DNI y el
Código de Trámite de 11 dígitos que se encuentra impreso en el mismo.
Descripción del Trámite
En este trámite podrán los propietarios, usufructuarios o titulares de un derecho de
explotación de un inmueble rural o subrural, solicitar la reducción total o parcial
de la alícuota aplicable del Impuesto Inmobiliario por Reconocimiento de Actividad
Económica Aparente y Facturación Anual de Compra o Ventas Comprobadas.
Requisitos del Trámite
Nota de solicitud.
Documento que acredite título de propiedad, contrato de usufructo o el derecho de explotación.
Formulario C.E.S.A. (Certificado de Evaluación de Superficie Afectada).
Puede descargarlo desde el enlace FORMULARIO.
Informar la facturación anual comprobada de ventas y/o compras relacionadas con el inmueble
objeto del pedido en el período que fije la ley impositiva vigente.