La Municipalidad de Valle Viejo puso en marcha el cobro unificado de la Tasa de Servicios a la Propiedad municipal y el Impuesto Inmobiliario provincial, tras la firma de un acuerdo marco con la Agencia de Recaudación Catamarca, de acuerdo a lo dispuesto por la ordenanza N° 1.287 de 2025.
De este modo, desde esta semana, los contribuyentes pueden abonar ambos tributos de manera conjunta a través de la página web oficial de ARCAT, arcat.gob.ar, en lo que representa un paso hacia la modernización del sistema de recaudación y la simplificación de trámites.
La medida se enmarca en el convenio de Consenso Fiscal Municipal suscripto entre el Gobierno de la Provincia y la comuna chacarera. El objetivo es fortalecer la autonomía municipal, optimizar la administración de recursos y avanzar hacia un esquema de mayor equilibrio fiscal.
ARCAT informó que la utilización de la plataforma integrada permitirá desburocratizar el proceso de pago y concentrar en un solo canal el cumplimiento de las obligaciones vinculadas a los inmuebles. Desde el municipio destacaron que el sistema busca brindar mayor eficiencia y transparencia en la gestión de los ingresos locales, además de facilitar el trámite para los contribuyentes.
Con esta incorporación, ya son ocho los municipios que adhirieron al Sistema de Gestión Municipal de ARCAT. En ese marco, Los Altos y Ancasti fueron los primeros en implementar el cobro conjunto, luego de adecuar sus estructuras normativas a través de sus respectivos Concejos Deliberantes.
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Verificación de Valuación e Impuesto Inmobiliario
Este trámite deberá contener como obligatoria la Matrícula Catastral del inmueble sobre el que se solicita la verificación de la valuación fiscal y del impuesto inmobiliario. El nombre y el CUIL consignados deben corresponder al titular del inmueble cuya valuación fiscal y/o impuesto inmobiliario se solicita verificar.
Recibida la Solicitud la Agencia procederá a la verificación del inmueble de mención y de todo otro inmueble correspondiente al mismo titular.
Controlado dichos inmuebles y detectada la existencia de mejoras no declaradas y/o discordancias con los datos obrantes en el organismo, se procederá a intimar al titular para que realice la declaración de mejora, la cual tendrá carácter de declaración jurada.
Cualquier falsedad en los datos proporcionados producirá el revaluó automático de la propiedad imponiéndose a la misma el valor máximo establecido por la norma vigente.
Cumplido los pasos anteriores, en caso de corresponder, se actualizarán los valores de valuación fiscal e impuesto inmobiliario.
Para ingresar al trámite deberá seleccionar en Iniciar trámite, opción
CON DNI. Se le solicitará que ingrese el N° de DNI y el
Código de Trámite de 11 dígitos que se encuentra impreso en el mismo.
Descripción del Trámite
En este trámite podrán los propietarios, usufructuarios o titulares de un derecho de
explotación de un inmueble rural o subrural, solicitar la reducción total o parcial
de la alícuota aplicable del Impuesto Inmobiliario por Reconocimiento de Actividad
Económica Aparente y Facturación Anual de Compra o Ventas Comprobadas.
Requisitos del Trámite
Nota de solicitud.
Documento que acredite título de propiedad, contrato de usufructo o el derecho de explotación.
Formulario C.E.S.A. (Certificado de Evaluación de Superficie Afectada).
Puede descargarlo desde el enlace FORMULARIO.
Informar la facturación anual comprobada de ventas y/o compras relacionadas con el inmueble
objeto del pedido en el período que fije la ley impositiva vigente.