La Agencia de Recaudación Catamarca, ARCAT, recuerda que, a partir de hoy, está vigente en forma definitiva el redireccionamiento de las URL y Links en producción para el uso exclusivo del nuevo dominio ARCAT, luego del traspaso formal del dominio ARCA a la Agencia de Regulación y Control Aduanero, ex AFIP, que hizo efectivo ayer el Gobierno de la provincia a Nación.
En este marco, se informa que la Agencia finalizó la migración del dominio principal de las cuentas de correo, por lo que solamente está disponible arcat.gob.ar en todos los servicios, páginas web y correos electrónicos del organismo.
Esto es válido para todas las Direcciones que conforman ARCAT: Rentas, Catastro, Registro de la Propiedad Inmobiliaria y Escribanía de Gobierno.
Además, se indica que los usuarios que tuvieran pre configurado el link del organismo en sus dispositivos electrónicos, deberán actualizarlo con el nuevo dominio arcat.gob.ar para poder hacer uso del mismo.
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Verificación de Valuación e Impuesto Inmobiliario
Este trámite deberá contener como obligatoria la Matrícula Catastral del inmueble sobre el que se solicita la verificación de la valuación fiscal y del impuesto inmobiliario. El nombre y el CUIL consignados deben corresponder al titular del inmueble cuya valuación fiscal y/o impuesto inmobiliario se solicita verificar.
Recibida la Solicitud la Agencia procederá a la verificación del inmueble de mención y de todo otro inmueble correspondiente al mismo titular.
Controlado dichos inmuebles y detectada la existencia de mejoras no declaradas y/o discordancias con los datos obrantes en el organismo, se procederá a intimar al titular para que realice la declaración de mejora, la cual tendrá carácter de declaración jurada.
Cualquier falsedad en los datos proporcionados producirá el revaluó automático de la propiedad imponiéndose a la misma el valor máximo establecido por la norma vigente.
Cumplido los pasos anteriores, en caso de corresponder, se actualizarán los valores de valuación fiscal e impuesto inmobiliario.
Para ingresar al trámite deberá seleccionar en Iniciar trámite, opción
CON DNI. Se le solicitará que ingrese el N° de DNI y el
Código de Trámite de 11 dígitos que se encuentra impreso en el mismo.
Descripción del Trámite
En este trámite podrán los propietarios, usufructuarios o titulares de un derecho de
explotación de un inmueble rural o subrural, solicitar la reducción total o parcial
de la alícuota aplicable del Impuesto Inmobiliario por Reconocimiento de Actividad
Económica Aparente y Facturación Anual de Compra o Ventas Comprobadas.
Requisitos del Trámite
Nota de solicitud.
Documento que acredite título de propiedad, contrato de usufructo o el derecho de explotación.
Formulario C.E.S.A. (Certificado de Evaluación de Superficie Afectada).
Puede descargarlo desde el enlace FORMULARIO.
Informar la facturación anual comprobada de ventas y/o compras relacionadas con el inmueble
objeto del pedido en el período que fije la ley impositiva vigente.